¿Qué pasa con la vivienda en caso de divorcio o separación cuando hay bienes comunes?
Separarse nunca es fácil. Hay muchas emociones de por medio, decisiones que tomar y, a veces, un lío importante con los bienes que se han ido construyendo en pareja. Una de las preguntas más comunes es: ¿Qué ocurre con la vivienda familiar cuando hay bienes comunes? Hoy te lo explicamos de forma sencilla.
1. Lo primero: ¿bienes comunes o privativos?
Antes de saber qué pasa con la casa, hay que tener claro de quién es la vivienda. En España, la mayoría de matrimonios están en régimen de gananciales (a no ser que se haya pactado separación de bienes en notaría). Esto significa que, en general, todo lo que se adquiere durante el matrimonio es de ambos a partes iguales, sin importar quién lo pagó.
Así que si comprasteis la vivienda durante el matrimonio y sin ningún acuerdo especial, es un bien común, aunque solo uno de los dos figure como titular en la escritura.
👉 Si la vivienda fue comprada por uno de los miembros antes del matrimonio o con dinero claramente privativo (una herencia, por ejemplo), podría considerarse bien privativo. Pero cuidado, hay matices y no todo es blanco o negro.
2. ¿Qué pasa con la casa tras el divorcio?
Una vez se inicia el proceso de divorcio o separación, hay que repartir los bienes. Y claro, la vivienda suele ser el tema más delicado. Aquí se abren varias posibilidades:
A) Venta de la vivienda y reparto del dinero
Es la opción más sencilla (aunque no siempre la más viable). Se vende la casa, se pagan las posibles deudas pendientes (como la hipoteca) y lo que sobra se reparte al 50% si es ganancial.
Eso sí, si hay hipoteca, ambos siguen siendo responsables del pago hasta que el banco diga lo contrario. Ojo con eso.
B) Uno se queda la casa y compensa al otro
Otra posibilidad es que uno de los dos quiera quedarse con la vivienda. En ese caso, se hace una extinción de condominio (una especie de “compra” del 50% del otro), y se paga una compensación económica.
Esto implica notaría, escritura nueva, pago de impuestos y, en muchos casos, hablar con el banco para ver si se puede hacer una subrogación de hipoteca (pasar el préstamo solo al que se queda con la casa).
C) La casa sigue siendo de ambos, pero uno la usa
A veces, por motivos económicos o porque hay hijos de por medio, la casa no se vende ni se reparte aún. Se acuerda que uno de los dos siga viviendo allí (normalmente el progenitor con la custodia de los niños) y el otro se va.
Esto se puede pactar por tiempo limitado o hasta que los hijos sean mayores de edad. Pero hay que tener en cuenta que la casa sigue siendo de los dos y que puede generar conflictos a medio o largo plazo.

3. ¿Y si no estamos casados, solo en pareja de hecho?
Si no hay matrimonio, pero se ha comprado una casa entre dos, hay que ver en qué proporción está cada uno en la escritura y en el registro de la propiedad.
En ese caso, no hay gananciales. Se trata como una comunidad de bienes: si uno se quiere ir, se puede vender la casa, uno puede comprar al otro su parte, o incluso pedir la disolución de la copropiedad judicialmente si no hay acuerdo.
4. El gran olvidado: el banco
Una cosa es lo que acuerden los ex (quién vive, quién paga, quién se queda con la casa), y otra lo que diga el banco. Si hay hipoteca, ambos titulares siguen siendo responsables del préstamo, aunque uno se vaya de la casa o incluso aunque haya dejado de ser propietario en la escritura.
Por eso, siempre hay que negociar también con el banco. Muchas veces piden garantías o no aceptan quitar a uno de los titulares. Es algo que hay que valorar con calma.
En resumen:
- Si la vivienda se compró durante el matrimonio y no hay separación de bienes, es de los dos.
- Se puede vender, uno se la puede quedar o seguir compartiéndola temporalmente.
- No olvides nunca al banco: hasta que no firme, las deudas siguen siendo de los dos.
- Si no hay acuerdo, puede acabar decidiéndolo un juez.
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